Siesta, pelota y patio ajeno: la Justicia de El Bolsón le puso un límite al reclamo por ruidos

Una vecina pidió que los chicos de al lado no jugaran al fútbol entre las 14 y las 17. El juez de Paz dijo que no: el patio es de ellos y la pelota también.
En El Bolsón, la hora de la siesta se volvió campo de batalla. De un lado del cerco, una mujer que dicta clases deportivas y practica esa disciplina puertas adentro. Del otro, una familia con hijos que, como casi todos los chicos del mundo, entienden el patio como una cancha. En el medio, el ruido de la pelota y unos cuantos gritos.
Su pedido era concreto: tres horas diarias de silencio, de 14 a 17, además de menos griterío el resto del día. Antes de llegar al Juzgado de Paz, el caso pasó por una mediación sin acuerdo y por una resolución adversa del Juzgado de Faltas.
Los vecinos, por su parte, se dijeron hostigados y perseguidos por las reiteradas presentaciones en distintos organismos. Habían ofrecido avisar los horarios en que los chicos estarían fuera de casa y garantizar silencio ante alguna necesidad puntual de la mujer. También argumentaron que la construcción de la vivienda vecina, lejos de amortiguar los sonidos, los amplificaba. La propuesta fue rechazada: la mujer la vio como otro intento de imposición.
El juez no puso en duda las molestias. Aceptó que los juegos podían generar ruidos con impacto en las actividades de la demandante. Pero entendió que eso no bastaba para prohibir nada: se trataba de niños jugando en el patio de su propia casa, una actividad lícita y propia de la vida cotidiana de un hogar con chicos.
Calificó de "desproporcionado y ajeno a toda razonabilidad" que el sistema judicial se dedique a perseguir a una familia cuyos hijos juegan en el patio. Y recordó el principio constitucional de que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni privado de lo que no prohíbe. Una cosa es querer más horas de silencio, dejó entrever, y otra es poder exigírselas al de al lado.
El fallo también miró hacia el otro lado de la medianera. Mencionó la insonorización de la casa de la demandante como una posible vía para reducir el impacto de los sonidos, aclarando que cualquier mejora depende solo de su voluntad y que no correspondía resolverlo en ese expediente.
Así, el Juzgado de Paz rechazó el reclamo y no estableció restricción alguna. Pidió a las partes que sigan buscando pautas razonables de convivencia y dejó abiertas las puertas del juzgado y otras instancias para un acuerdo. Como es un fallo de primera instancia, todavía puede ser apelado. Mientras tanto, la pelota sigue en juego.



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