Abrió la puerta sin mirar, provocó un choque y fue condenado: el fallo que responsabiliza al conductor por el riesgo creado
- 27 mar
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Una mujer que circulaba en bicicleta por calle Damas Patricias, en General Roca, sufrió un fuerte accidente cuando el conductor de una camioneta Fiat Strada estacionada abrió la puerta sin tomar precauciones. El impacto la hizo caer al asfalto y le provocó una fractura en la muñeca derecha, además de múltiples hematomas.
El siniestro tuvo consecuencias más allá de lo físico. La víctima, que se desempeñaba como podóloga, vio interrumpida su actividad laboral y atravesó una profunda angustia al no poder trabajar ni continuar con sus proyectos personales de estudio.
En el fuero civil, la Justicia hizo lugar parcialmente a la demanda por daños y perjuicios iniciada por la ciclista. La jueza resolvió condenar al conductor del vehículo y a la aseguradora a indemnizar los gastos médicos, la incapacidad física y el daño moral.
Sin embargo, el fallo rechazó otros reclamos. No se reconoció el lucro cesante —la compensación por la imposibilidad de trabajar— ni los daños materiales de la bicicleta, debido a la falta de pruebas suficientes que acreditaran esos perjuicios.
Durante el proceso judicial, el conductor no se presentó y fue declarado en rebeldía. Por su parte, la aseguradora admitió la existencia del seguro, pero negó responsabilidad, argumentando que el accidente se produjo por una supuesta imprudencia de la ciclista.
Al analizar el caso, la magistrada señaló que no existían dudas sobre la ocurrencia del hecho, sino sobre su mecánica y la atribución de responsabilidades. A partir de la prueba reunida, concluyó que la caída se produjo por la apertura imprudente de la puerta del vehículo.
La sentencia remarcó que se configuró una infracción a la Ley Nacional de Tránsito, que exige realizar cualquier maniobra con la debida precaución para no generar riesgos a terceros, incluyendo el deber específico de verificar las condiciones antes de abrir una puerta en la vía pública.
Además, el fallo aplicó la teoría del riesgo creado, que establece una responsabilidad objetiva para quien genera una situación peligrosa. En ese marco, la jueza consideró que el conductor incumplió las normas de tránsito y que la aseguradora no logró probar ninguna causa que lo eximiera de responsabilidad.
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